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TSJ ordenó suspender todos los efectos de la primaria opositora

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió este lunes 30 de octubre el recurso presentado por el diputado José Brito y ordenó suspender «todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primaria (CNP)».

La sentencia número 122 publicada este 30 de octubre señala que «se admite el presente Recurso Contencioso Electoral interpuesto por el ciudadano Diputado de la Asamblea Nacional José Dionisio Brito Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.263.861» y declara «procedente la solicitud de amparo cautelar, y en consecuencia se suspenden todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primaria».

El TSJ además ordenó «a la Comisión Nacional de Primaria, de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del TSJ, remitir a este órgano judicial los Antecedentes Administrativos, contentivos de las veinticinco (25) fases que deben regir al Proceso Electoral, desde la Convocatoria y su constitución como Comisión Electoral, pasando por el Cronograma Electoral, Registro Electoral con sus lapsos de impugnación y depuración, Postulaciones con sus lapsos de impugnación y depuración, incluyendo el Acta de Aceptación de la Postulación, formulada por la ciudadana inhabilitada de manera firme por quince (15) años, María Corina Machado».

«Igualmente como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, inhabilitado de manera firme por quince (15) años, Freddy Superlano, inhabilitado de manera firme por siete (7) años, y las de cualquier otro ciudadano o ciudadana que haya decidido renunciar a su candidatura; las Actas del evento celebrado el 22 de octubre de 2023, incluidas las Actas de Constitución de las Mesas Electorales, los Cuadernos de Votación, las Papeletas de Votación, las Actas de Escrutinios, así como las Actas de Totalización Regionales, el Acta de Totalización Definitiva, el Acta de Adjudicación y la de Proclamación».

Info: Monitoreamos

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