AN aprueba reforma de ley que involucra impuesto a transacciones en dólares

La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras. Involucra un impuesto a las transacciones en dólares.
El proyecto de ley se aprobó en su segunda discusión.
La modificación establece que la alícuota estará comprendida entre 2% y 20% para las transacciones en monedas distintas a la de curso legal.
Es decir, que las imposiciones involucran no solo a los pagos en dólares sino también en criptomonedas.
Las alícuotas que involucra la reforma de la mencionada ley comprenden un rango, que en algunos casos puede considerarse amplio. En ese rango de porcentajes, el Ejecutivo y sus entes pertinentes (en este caso el Seniat con posibles coordinaciones con la Sunacrip, la Sudeban y el BCV) podrán establecer los que serán finalmente establecidos en función de determinadas circunstancias, que deberán aclararse en un Reglamento.
Las alícuotas posibles están determinadas de la siguiente manera:
🔸Entre 2% y 20% para personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica por los pagos realizados a personas calificadas como «sujeto pasivo especial» en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela sin mediación de instituciones financieras.
🔸Entre 2% y 8% de impuesto para personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica por los pagos realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela dentro del sistema bancario nacional sin intermediación de corresponsal bancario extranjero de conformidad con las políticas, autorizaciones excepcionales y parámetros establecidos por el BCV.
🔸Entre 0% y 2% para personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica calificadas como sujetos pasivos especiales por los pagos que hagan con cargos a sus cuentas en bancos o instituciones financieras.
Info: El Nacional